Manifiesto Gallístico y Taurino

Introducción

La defensa de la Gallística y de la tauromaquia tiene vieja data. Podemos citar los escritos de Ricardo Palma, que nos dejó como legado histórico y cultural de las tradiciones galleras y taurinas, para no olvidar nuestra cultura y mantenerla viva, como reza el viejo refrán el que ama no olvida. La responsabilidad de seguir con el apostolado de su defensa es tarea de todos los que amamos esta bella actividad histórica, cultural, tradicional y de identidad, desde el espacio donde nos ubiquemos.

Responsabilidad de la Asociación Unión de Galleros del Perú y la Asociación Taurina del Perú

Siguiendo esta misión, la Asociación Unión de Galleros del Perú y la Asociación Taurina del Perú, instituciones de carácter nacional, que congrega a todos los que aprecian y valoran las peleas de gallos y corridas de toros, guardan la insignia de la responsabilidad de defensa y difusión de dichas manifestaciones culturales. 

Acciones de Defensa y Difusión

A nivel de las acciones de difusión con materiales impresos y digitales de diversas líneas y autores, museos, tradición oral de las actividades, entre otras; en esa línea, a nivel de la defensa de nuestras manifestaciones culturales, se han desarrollado muchas acciones, entre ellas la de carácter legislativo.

La defensa de nuestra tradiciones se desarrolla de acuerdo a la estructura de cada sociedad y país. Podemos manifestar que, en este milenio, en nuestro medio, existe un recogimiento del sector gallístico y taurino, en las personas de la Asociación Unión de Galleros del Perú y la Asociación Taurina del Perú. 

Incidencia Política y Logros 

Desde el año 1997, ante la primera iniciativa de Protección a los Animales Domésticos se desarrolló la incidencia política y se logró en el año 2000, Exceptuar de las corridas de toros, peleas de toros, peleas de gallos y demás espectáculos declarados de carácter cultural por la autoridad competente de la Ley 27265. Una década después, en el 2016, en la dación de la Ley 30407, Ley de protección y bienestar animal, se logró mantener dicha excepción, la misma que en su proceso no fue observada por las comisiones dictaminadoras, el Pleno del Congreso y el Poder Ejecutivo que la promulgó. En el año 2018, a través del Congresista Dalmiro Palomino (FP) se presentó el Proyecto de Ley (PL) 4622, Ley de reconocimiento y protección del gallo navajero peruano (el año 2019 el presidente Vizcarra cerró el Congreso); ese mismo año ante la solicitud al Tribunal Constitucional (TC) por parte del sector animalista para derogar la excepción señalada, la Asociación Unión de Galleros del Perú y la Asociación Taurina del Perú convocaron a una multitudinaria marcha, en defensa del derecho fundamental y constitucional: el derecho a su cultura y a las expresiones que la caracterizan, con un gran logro, que el TC nos diera la razón, nos reconoció, tanto a la gallística y la tauromaquia como manifestaciones culturales, con más de 1600 coliseo de gallos, y más de 550 plazas de toros y cerca de 10 millones peruanos involucrados, taurinos y galleros logramos mantener vigente la excepción de la Ley 30407, Exceptúanse de la presente Ley las corridas de toros, peleas de toros, peleas de gallos y demás espectáculos declarados de carácter cultural por la autoridad competente, las que se regulan por ley especial.

Hoy, cerca de tres décadas, después de un arduo trabajo el Parlamento Nacional reconoce a la Asociación Unión de Galleros del Perú y la Asociación Taurina del Perú, como un bloque cultural, defensores de la tauromaquia y gallística. Galleros y taurinos a través del Congresista Juan Burgos Oliveros, representante del sector gallístico, presentó el PL 2828, Ley que reconoce a la tauromaquia y la gallística como manifestación cultural, que se encuentra en la Comisión de Cultura, es importante señalar que ante la solicitud de la Comisión de Cultura de Aclaración de Opinión al Ministerio de Cultura, este ministerio manifiesta que “Asimismo, es oportuno señalar que si bien es cierto el sustento de la solicitud de aclaración están referido a que la propuesta normativa no tiene por finalidad una declaración de Patrimonio Cultural de la Nación sino el reconocimiento de una manifestación cultural, es necesario tener presente que este ministerio no cuenta con atribuciones para proceder conforme a lo solicitado, la competencia, exclusiva y excluyente de este ministerio, está orientada a la declaración de Patrimonio Cultural de la Nación a las manifestaciones del patrimonio inmaterial, aspecto que también ha sido explicado por el órgano técnico”. 

Opinión Ciudadana y Proceso Legislativo Actual

Las opiniones ciudadanas favorables bordean los 8,320; dicho PL se encuentra en proceso de estudio para emisión de su dictamen y debate en el Pleno del parlamento. En este proceso se viene realizando un arduo trabajo de sensibilización de los congresista y asesores para el reconocimiento de ambos sectores y el apoyo para la aprobación del PL, esperando el resultado favorable.

 

El posicionamiento y la corriente de opinión favorable en el ámbito parlamentario se acentúa con el Reconocimiento del Torero Peruano Andrés Roca Rey por parte del Congreso, el congresista del congresista Juan Burgos Oliveros lideró dicho reconocimiento. 

Acciones 

Asimismo, ante el PL 4005 que busca adicionar el artículo 886-a al código civil, para garantizar la protección y mayor respeto a los animales en su condición de seres vivientes sintientes, los representantes de la Asociación Unión de Galleros del Perú y la Asociación Taurina del Perú desarrollaron un trabajo de incidencia política a congresista y asesores demostrando que dicha iniciativa vulnera los derechos culturales de los peruanos, especialmente a los taurinos y galleros, la iniciativa no logro el consenso y fue enviado a cuarto intermedio. Por otro lado, se ha logrado el archivo del PL 5875, que buscaba proteger a los menores de edad de la violencia en los espectáculos de corridas de toros, ante dicha iniciativa el Congreso a través de la Comisión de Mujer y Familia considera que no es viable prohibir la participación de los menores de edad en los espectáculos taurinos, con 11 votos a favor y 1 en contra.

Igualmente, las acciones de incidencia política, de docencia sobre la gallística y la tauromaquia ha logrado que al menos 120 congresistas tengan información del desarrollo de los dos sectores, el libro El Perú es Taurino abunda información detallada que desnuda la identidad taurina de cada región y que cada congresista reconoce. Respecto a la labor en medios de comunicación,  como  las presentaciones de los presidentes de la Asociación Unión de Galleros del Perú y la Asociación Taurina del Perú, difundiendo y defendiendo a las manifestaciones culturales; la participación en debates con el sector animalista, ha permitido que representantes anti taurinos reconozcan y remarquen que la tauromaquia es “una actividad legal, es una expresión cultural y tradicional por el tiempo que se ejecuta en el Perú”, emitida en el medio digital Campus TV de la Universidad San Martín (24-04-2023). 

Legado y Reconocimientos

Loable acción de los taurinos y galleros en el interior del país que han logrado que diversos gobiernos locales y gobiernos regionales reconozcan y salvaguarden la identidad cultural y tradicional de la tauromaquia y la gallística a través de ordenan municipales y regionales. ¡Nuestro reconocimiento y gratitud! 

En esta larga jornada reconocemos el legado de Jorge Pérez Chávez (RIP), gran defensor taurino a quien rendimos un homenaje póstumo, y seguros que goza de la luz del creador. Un ejemplo a seguir; igualmente, para los cronistas, a nivel nacional, que permiten el afianzamiento y desarrollo de la cultura gallística y taurina. 

Conclusión

Finalmente, a la luz de la unidad, Taurinos y Galleros seguiremos difundiendo y defendiendo nuestra cultura. Seguro que han de venir más retos, o actos de crítica, nos exhortamos a seguir trabajando y defender nuestra identidad.